Importante Resolución de la Corte Constitucional sobre Reforma Tributaria

En una histórica decisión tomada en la Sala Plena de hoy, la Corte Constitucional ha resuelto la demanda presentada contra el artículo 19 (parcial) de la Ley 2277 de 2022, titulada “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones”. La resolución de la Corte declara INEXEQUIBLE el parágrafo 1 del artículo 19, que modificó el artículo 115 del Estatuto Tributario.

La norma demandada, que inicialmente enfrentó cuestionamientos respecto al inciso primero del parágrafo del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, prohíbe la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.

La Sentencia C-489 de 2023, con la ponencia de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger, declara la inexequibilidad del parágrafo censurado. Sin embargo, es importante destacar que el magistrado Juan Carlos Cortés González salvó su voto, y la magistrada Natalia Ángel Cabo se apartó parcialmente de la decisión. La magistrada Diana Fajardo Rivera y los magistrados Antonio José Lizarazo Ocampo, José Fernando Reyes Cuartas y Alejandro Linares Cantillo reservaron la aclaración de voto.

La disposición que generó controversia en el artículo 19 modifica el artículo 115 del Estatuto Tributario, específicamente en lo que respecta a la deducción de impuestos pagados y otros. La parte declarada inexequible, el parágrafo 1, establecía que la contraprestación económica a título de regalía de recursos naturales no renovables no sería deducible del impuesto sobre la renta ni podría tratarse como costo ni gasto de la respectiva empresa.

Esta decisión de la Corte Constitucional tiene un impacto significativo en el ámbito tributario y económico, especialmente para las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables. La atención ahora se centra en las posibles repercusiones y ajustes que podrían derivarse de esta resolución en el marco de la reforma tributaria adoptada.

 

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