En una decisión trascendental, la Sala Plena de la Corte Constitucional ha declarado inexequible el Decreto Legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira. La Sala Plena, compuesta por magistradas y magistrados de gran renombre, finalizó la revisión del decreto y tomó una posición clara respecto a la situación en el departamento.
La Corte Constitucional adoptó las siguientes decisiones:
1. Inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023
La Sala Plena declaró inexequible el Decreto Legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, que declaraba el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en La Guajira. Esta decisión marca un hito en el manejo de crisis en el país y pone de manifiesto la importancia de la revisión constante de las medidas tomadas por el gobierno.
2. Efectos Diferidos para la Crisis Humanitaria
A pesar de la declaración de inexequibilidad, la Corte concedió efectos diferidos a esta decisión por un período de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, específicamente en lo que respeta a la amenaza. de agravamiento de la crisis humanitaria debido a la escasez de agua en la región. Esta medida temporal busca brindar un espacio para que se tomen acciones urgentes que mitiguen la situación crítica en La Guajira.
3. Exhortación al Gobierno y al Congreso
La Corte Constitucional exhortó al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural en La Guajira. Esta crisis fue constatada en la Sentencia T-302 de 2017. La Corte también hizo un llamado a fortalecer las instituciones relacionadas con el cambio climático y asignar los recursos necesarios para abordar las demandas de la situación actual.
En esta decisión histórica, las magistradas y magistrados expresan diversas opiniones. Salvaron su voto las magistradas Natalia Ángel y Cristina Pardo, junto con el magistrado Juan Carlos Cortés. Por otro lado, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y la magistrada Paola Meneses aclararon su voto, mientras que el magistrado Alejandro Linares se reservó su aclaración de voto.La decisión de la Corte Constitucional refleja la necesidad imperante de tomar efectivas ya largo plazo para abordar la crisis humanitaria en La Guajira y garantizar los derechos fundamentales de las personas que habitan en esta región del país.
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